Equipajes de mano

El equipaje de mano es algo cada vez más importante en los viajes en avión. Los cargos económicos (en ocasiones altos) de las aerolíneas hacen que cada vez más pasajeros opten por llevar el equipaje consigo mismos. Descubre todo lo que debes saber sobre equipajes de mano al viajar desde el .

Equipaje de mano Ryanair

En caso de viajar desde el Aeropuerto de Vitoria, tendrás que tener en cuenta la política de equipaje de mano de Ryanair. En este apartado hacemos un pequeño resumen de qué equipajes podrás llevar en tus vuelos con Ryanair.

Aun así, Ryanair cambia habitualmente su política de equipajes, tanto de mano como de los facturados. Por tanto, recomendamos consultar la página web de Ryanair para consultar la política de equipaje de mano de la compañía actualizada.

Equipajes de mano aeropuerto Foronda

Bolso pequeño (40 cm x 20 cm x 25 cm)

Cada pasajero puede llevar como equipaje de cabina gratuito un bolso, una maleta o una mochila. Tendrá que ir siempre debajo del asiento delantero, por lo que las medidas máximas del equipaje de mano de Ryanair son las siguientes: 40 cm x 20 cm x 25 cm. En caso de exceder estas medidas, Ryanair te obligará a pagar 45€ y llevarán tu equipaje a la bodega del avión como equipaje facturado.

Maleta de cabina de 10kg (55 cm x 40 cm x 20 cm)

La opción de maleta de cabina te permitirá llevar, además, una mochila o maleta de, máximo, 55 cm x 40 cm x 20 cm y 10kg. Eso sí, para tener esta opción deberás pagar un extra al reservar tu vuelo añadiendo una de estas dos opciones:

  • Prioridad y dos equipajes de cabina (entre 8 y 22 euros, dependiendo de la fecha y el destino del vuelo. La maleta viajará en cabina).
  • Facturar maleta de 10kg (entre 12 y 35 euros, dependiendo de la fecha y el destino del vuelo. La maleta viajará en la bodega).

Esta opción se puede añadir hasta 40 minutos antes de cada vuelo. En caso de hacerlo en la puerta de embarque, la compañía te cobrará un cargo de 70 euros.

Equipajes más grandes

En caso de necesitar viajar con equipajes más grandes, deberás facturarlos y viajarán en bodega. El peso máximo será de 20kg, y Ryanair te cobrará 11€ por cada kilo extra. En todo caso, el equipaje no podrá superar los 32kg. El precio variará dependiendo de la fecha y el destino del vuelo.

Equipaje de mano Binter

Binter tiene una de las políticas de equipajes más ‘generosas’ del panorama aeronáutico. Y es que prácticamente todas las tarifas de la compañía incluyen la facturación de un equipaje de hasta 23kg. Por ello, el equipaje de mano no suele ser un problema a la hora de viajar con esta compañía. Aún así, detallamos la política de equipaje de Binter.

Un bulto de 8kg (52 cm x 40 cm x 25 cm)

Los vuelos desde Vitoria-Gasteiz hasta Tenerife o Gran Canaria con Binter permiten 1 bulto de, máximo, 8kg. Las medidas del equipaje deben ser, como mucho, de 52 cm x 40 cm x 25 cm.

Aún así, en caso de no haber espacio suficiente a bordo, Binter se reserva la posibilidad de retirar algunos equipajes de mano para cargarlos en la bodega del avión, sin coste alguno.

Efectos personales

A bordo, además del equipaje de mano, Binter permite a sus viajeros llevar efectos personales. Así, estos objetos personales pueden ser los siguientes:

  • Maletín o bolso pequeño.
  • Billetera.
  • Monedero.
  • Cámara fotográfica pequeña.
  • Teléfono móvil o smartphone.
  • Lectura para el vuelo.
  • Ordenador o dispositivo portátil.
  • Tablet.
  • Abrigo o manta de viaje.
  • Canastilla o cuna para bebés.
  • Alimentos infantiles.
  • Bolsa de compras en el aeropuerto.

Equipaje de 23kg

Todas las tarifas de los vuelos operadas por Binter salvo la ‘Basic’ incluyen la facturación de otro equipaje además de los mencionados. Este segundo equipaje podrá pesar hasta 23kg, aunque podrá ser de hasta 32kg pagando por cada kg extra. El tamaño máximo de los bultos facturables es de 158 cm x 158 cm x 158 cm.

Recomendaciones

AENA emite una serie de recomendaciones a la hora de embarcar con tu equipaje de mano:

  • Consulta las medidas del equipaje de mano, el peso y cuántos bultos se permiten en la compañía aérea que utilices antes de coger el vuelo. Cada cada una tiene normativas diferentes.
  • Revisa que no llevas objetos prohibidos o restringidos antes de los controles de seguridad.
  • Lleva siempre tus artículos valiosos, dinero y documentos en el equipaje de mano.
  • Haz fotocopias de los documentos importantes (billetes, pasaporte, visados…) y sepáralos de los originales.
  • Lleva siempre contigo y a mano tu medicación, en caso de que la necesites.

Equipaje de mano: normativa

¿Qué puedo llevar en el equipaje de mano?

Elementos electrónicos

  • Discos duros.
  • Portátiles.
  • Móviles.
  • Tabletas.
  • Baterías externas.

Al pasar los controles de seguridad, hay enseñarlos en bandejas separadas y fuera de sus fundas.

Líquidos

  • Todo tipo de artículos comprados en aeropuertos.
  • Cremas.
  • Medicinas líquidas.
  • Perfumes.
  • Pasta de dientes.
  • Aerosoles.
  • Líquidos de dietas especiales que haya que consumir durante el vuelo.
  • Espumas.
  • Geles.
  • Champú.

Todos estos líquidos deberán ir en envases individuales de menos de 100 ml. Además, tendrán que ir en una bolsa trasparente con sistema de apertura y cierre. Asimismo, cada pasajero podrá llevar, máximo, una bolsa de un litro de capacidad (aproximadamente 20×20 cm). Estas bolsas tendrán que pasar el control de seguridad fuera del equipaje.

En cuanto a las medicinas, es necesario, en la medida de lo posible, llevar la receta o prescripción médica. Consulta con tu compañía aérea en caso de viajar a un país fuera de la UE. También en caso de que tengas que transportar otros utensilios médicos como jeringuillas o aparatos medidores). La entrada de medicamentos podría estar restringida.

Por último, en cuanto a las compras que se realicen en el aeropuerto, los paquetes deben estar homologados y precintados. Además, deberás aportar el justificante de compra. No abras tu compra hasta el destino final.

Objetos de movilidad

  • Carritos de bebés.
  • Muletas.
  • Bastones.
  • Sillas para bebés.
  • Cunas.

Alimentos

Se pueden llevar pequeñas cantidades para el consumo personal, salvo restricciones de productos animales o lácteos. Pueden ir dentro de los bolsos o bultos de mano que transportes. Eso sí, el personal de seguridad podrá pedirte que abras los paquetes y envases que lleves en tu equipaje de mano.

Objetos restringidos

Carne, lácteos y productos animales

Tan solo se podrán transportar pequeñas cantidades para consumo personal. Además, deben ser procedentes de uno de los 27 estados de la Unión Europea, o de Andorra, Groenlandia, Islandia, Islas Feroe, Liechtenstein, Noruega, San Marino o Suiza.

Productos vegetales

Las plantas vivas, hortalizas, frutas o semillas tienen que ir con un Certificado Fitosanitario Oficial si no están incluidos en el Reglamento 2019/2072 de la Unión Europea.

Alcohol

Se podrá llevar en el equipaje de mano:

  • Cerveza.
  • Vino.
  • Licores.

Las bebidas de más de 22% de grado alcohólico pueden ser de hasta 1 litro. Las de un grado inferior, de 2 litros. Además, se podrán transportar hasta 4 litros de vino y 16 litros de cerveza.

Tabaco

Podrás incluir en el equipaje de mano:

  • Cigarrillos (máximo 200).
  • Cigarritos (máximo 100).
  • Puros (máximo 50).
  • Tabaco de liar (máximo 250g).

Otros

Varios productos más están regulados al entrar o salir de España o al viajar a Ceuta, Melilla o las Islas Canarias:

  • Vegetales y productos vegetales.
  • Animales vivos.
  • Armas y municiones
  • Especies protegidas de fauna, flora salvaje o productos derivados.
  • Bienes culturales.

Objetos prohibidos

Armas

  • Hondas y tirachinas.
  • Rifles.
  • Escopetas.
  • Pistolas.
  • Pistolas lanza-bengalas.
  • Revólveres.
  • Arpones y fusiles de pesca.
  • Armas de aire comprimido o de CO2.
  • Ballestas, arcos y flechas.
  • Pistolas “estárter” o de señalización.
  • Armas de juguete, reproducciones o de imitación, si se pueden confundir con armas reales.
  • Piezas de armas de fuego (excepto visores y miras telescópicas).

Objetos cortantes

  • Cuchillos con hoja de longitud superior a 6 cm.
  • Tijeras con hojas de más de 6 cm.
  • Cúteres.
  • Bisturíes.
  • Navajas de resorte.
  • Cuchillos de metal o cualquier material resistente que se pueda usar arma.
  • Cuchillas y navajas de afeitar abiertas (excepto las de seguridad o desechables).
  • Patines de hielo.
  • Equipos de artes marciales punzantes o cortantes.
  • Espadas.
  • Hachas.
  • Machetes.
  • Hachuelas.
  • Sables.
  • Crampones.
  • Hendidoras.
  • Piquetas.
  • Navajas automáticas.
  • Arpones.
  • Jabalinas.
  • Bastones espada.
  • Picos para hielo.
  • Estrellas arrojadizas.

Elementos de descarga y gases

  • Rociadores de ácido.
  • Bastones para aturdir.
  • Gases lacrimógenos.
  • Aerosoles de pimienta.
  • Rociadores de sustancias picantes.
  • Pistolas para aturdir.
  • Aerosoles repelentes de animales.
  • Pistolas eléctricas tipo «Taser».
  • Macis.

Objetos contundentes

  • Tacos de billar.
  • Palos de golf.
  • Palos de hockey y lacrosse.
  • Bates de béisbol.
  • Equipos para artes marciales (nudilleras de metal, palos, porras, etc.).
  • Remos.
  • Palos y bastones como: porras, cachiporras, bastones de esquí, bastones de trekking, etc.
  • Bates de softball.
  • Bates de críquet.

Herramientas de trabajo

  • Sierras.
  • Palancas.
  • Taladros.
  • Brocas.
  • Sopletes.
  • Formones.
  • Martillos.
  • Pistolas de proyectil fijo.
  • Cuchillas.
  • Cuchillos profesionales.
  • Pistolas grapadoras.
  • Destornilladores.

Sustancias químicas y/o tóxicas

  • Ácidos.
  • Materiales infecciosos (sangre infectada, bacterias, virus etc.).
  • Sustancias corrosivas.
  • Álcalis (baterías húmedas que puedan sufrir derrame, etc.).
  • Extintores.
  • Material radiactivo.
  • Sustancias blanqueadoras (mercurio, cloro, etc.).
  • Peróxidos orgánicos.
  • Gases: butano, propano, etc.
  • Venenos.
  • Sustancias comburentes.

Explosivos y sustancias inflamables

  • Bebidas alcohólicas de más del 70 % de grado alcohólico.
  • Municiones.
  • Botes de humo.
  • Cualquier artículo de pirotecnia. 
  • Fulminantes.
  • Disolventes de pintura.
  • Detonadores.
  • Combustibles líquidos inflamables.
  • Espoletas.
  • Bengalas.
  • Sustancias que al contactar con agua desprenden gases inflamables.
  • Fósforos (excepto los de seguridad).
  • Dispositivos explosivos (reproducciones o imitaciones incluidas).
  • Minas.
  • Aguarrás.
  • Granadas.
  • Cartuchos generadores de humo.
  • Explosivos (reproducciones o imitaciones incluidas).
  • Otras cargas explosivas militares.
  • Gas y bombonas de gas.
  • Sólidos inflamables.
  • Materiales inflamables o de combustión espontánea.
  • Fuegos artificiales.

Si necesitas información sobre los te recomiendo que visites la página dedicada a ello.